Resolver contrato seguro por incremento prima
Tengo un Seguro de coches.
En un articulo de las Condiciones del Seguro (Art. 10 apartado 3 B) dice que: "Si la prima fijada para el nuevo período de cobertura implicase un incremento respecto a la del período precedente, el tomador, sin prejuicio de lo establecido en el art. 7, podrá dar por resuelto el contrato mediante notificación expresa a la aseguradora,..."
El art. 7 Duración del Seguro dice: "... Se prorrogará automáticamente por períododos sucesivos de igual duración,..., salvo que en cualquiera de ambos casos:
a) Alguna de las partes se oponga a la prórroga mediante notificación escrita a la otra, efectuada con dos meses de anticipación, como mínimo,...
b) El tomador del seguro se opoga a la prórroga en la forma prevista en el apartado 3. B) del articulo 10.
En mi caso el incremento de prima es de un 17 % (118.- €) Y no quiero seguir con esta aseguradora.
Mi duda la tengo al leer: "sin prejuicio de lo establecido en el art. 7 ", es decir ¿tengo qué preavisar con dos meses de antelación al vencimiento que no deseo renovar? O más bien ¿conque suban la prima lo más mínimo, no tendrían base legal para reclamarnos el pago?
Ya que no tengo la obligación de renovar, pues es una modificación del contrato a la cual me opongo no pagando el recibo y como dice el art. 10 apartado 3 b) ¿Comunicándolo mediante notificación expresa...?