Impuestos por herencia sin tramitar

Mi pregunta es con respecto a un piso en herencia. Mi madre falleció hace 34 años, no se ha hecho nunca nada al respecto con un piso que està a nombre de mis padres. Hace 6 años murió uno de mis hermanos, no tenía nada en propiedad, ni hijos, ni casado ni nada. Resulta que mi padre falleció hace 3 años y medio

No se ha hecho tampoco nada. Hemos recibido una carta de la plusvalía municipal y supongo que es para que arreglemos los pagos del impuesto de sucesiones y demás. Somos 2 hermanos, yo llevo viviendo en el piso en cuestión 17 años, pagando gastos y demás cargas del piso incluida una derrama de 9000 euros de la cual mi hermano se ha desentendido y he tenido q aceptar herencia y afrontar yo el pago de la derrama. Mi hermano vive en Cádiz y no se ha heho cargo de nada, no ha aceptado herencia . Mis dudas son, ¿tengo derecho a poner el piso a mi nombre sin contar con mi hermano ya que no ha aceptado la herencia? Si no es así, ¿Cómo tengo que hacer para ponerlo a mi nombre? Cuánto habrà q pagar por el impuesto, es un piso viejo en Madrid carabanchel bajo, unos 40000€ los venden en esta zona, pero no sé el valor catastral. Sé que hay una sanción por no haberlo hecho dentro de plazo, ¿cuánto es la sanción? Tengo 44 años. Tengo muchas dudas y quiero arreglarlo porque al final embargaràn y nos quedaremos sin el piso.

1 respuesta

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado, que les estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Por un lado esta la plusvalía municipal, que tendrán que liquidar y les cobraran intereses, tendrá que personarse en el expediente y solicitar toda la información, para realizar el pago.

Por otro, es posible que tengan también algún expediente en Hacienda de la Comunidad de Madrid, por no haber tramitado el pago del impuesto de sucesiones, que en su caso podría llegar a estar casi exento, pero si no se presente, si hay sanción, para lo que disponían de 6 meses desde el fallecimiento.

Ustedes tienen que aceptar la herencia y si su hermano no quiere nada, tendrá que renunciar, si no lo hacen, tampoco pueden disponer del bien e incluso pueden reclamarles algunas deudas (si las hubiera) como herederos.

Si su hermano no quiere tramitar nada, no le quedara mas remedio que presentar procedimiento judicial, para que realice el reparto de la herencia. Usted podrá aportar los pagos realizados, para que sean tenidos en cuenta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas