Impuesto de Autoliquidación y Escritura de adjudicación herencia, ¿Quién te informa de ello?

Falleció un familiar mío, y ahora después de casi 5 años, me han reclamado que entrega papel de pago del impuesto de autoliquidación, que no tenemos.

Con lo que nos han puesto una sanción de 150€ por no presentar en su momento el documento de autoliquidación de herencia.

Se abrió el testamento en su día y mi familiar tenía seguro con Santa Lucía, que se encargaron de todo el papeleo.

1. Me gustaría saber, quien me tenía que haber informado en su día de que había que hacer este trámite. No sé si el seguro lo tenía que haber gestionado, por si les tengo que reclamar algo.

2. La sanción ya esta pagada. ¿Aún así tenemos que hacer la escritura de adjudicación de herencia?

1 respuesta

Respuesta

Al fallecer una persona tienen un periodo de seis meses para liquidar el Impuesto de sucesiones.

Seria conveniente conocer de manera concreta que tramites se hicieron, así como en que concepto se presento la liquidacoin del impuesto de sucesiones que por la sanción parece que no se hizo.

Para poner inmueble a nombre de los herederos tendrán que aceptar herencia.

¿Liquidaron las plusvalías municipales?

Si necesitan asesoramiento concreto estamos a su disposición

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