Ley locales nocturnos obligaciones

Buenas tardes, hemos contratado un servicio de copas en una discoteca y en la firma del contrato para la prestación de este servicio indica lo siguiente, " En aplicación de la ley, en las estaciones de Otoño, invierno y primavera indistintamente de la ropa que porten, o la intención que tengan de quitarsela o no, todos los clientes que entren al local deberán abonar en puerta 2€ que da derecho a usar una vez el ropero, siendo su uso obligatorio en todos los casos".

Quería que conocer si existe esa ley, que según comenta el dueño, "Se empieza aplicar desde el suceso del Madrid Arena".

Según cuenta el dueño, añaden esa clausula aunque no la aplican hasta noviembre que es cuando la gente lleva abrigos, pero claro, soy un desconfiado y al firmar este contrato pueden exigirme el pago de esos 2€ aunque me digan que no van abrir el servicio de ropero hasta noviembre.

Muchas gracias-

Añade tu respuesta

Haz clic para o