Impuestos en la compra de un local comercial a particular

Soy autónomo y quiero comprar un local comercial a un particular. He hecho ya una oferta al vendedor, pero ahora mi duda es ¿qué impuestos hay que pagar? ¿Irían incluidos ya en la oferta que he hecho, o tendría que pagarlos yo a mayores?

Mi negocio es una clínica de fisioterapia, situada en otro local de alquiler. Al ser sanitaria no tengo que pagar IVA por los tratamientos. Soy de Galicia. (Por si afecta en algo).

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Si el vendedor actua como particular, el impuesto que corresponde pagar es el ITP (impuesto sobre transmisiones patrimoniales). Este impuesto ha de pagarlo el comprador con posterioridad a la adquisición, y el tipo impositivo dependerá de la comunidad en la que residas (desconozco los tipos en Galicia).
Este impuesto no lo entenderán incluido en la oferta que has hecho en ningún caso, así que cuenta que tendrás que pagarlo además del precio del local.

El ITP, a efectos de tu contabilidad, aumenta el coste del local, y deberás tenerlo en cuenta para calcular el valor de amortización. No puedes contabilizarlo como gasto directo.

Ejemplo: si el local cuesta 100.000 euros y tienes que pagar de ITP un 10%, en la contabilidad valorarás el inmueble por 110.000 euros, y amortizarás con esa base, los 110.000.

Si tienes dudas concretas, podemos comentarlas en el foro de mi página: www.fiscarea.com

Muchas gracias por tu respuesta.

He encontrado esto por internet sobre el ITP de Galicia:

a) Tipo de gravamen general:

  • el aplicable a la transmisión de bienes inmuebles, así como en la constitución y cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, salvo los derechos reales de garantía, es el 10%;
  • el aplicable a la transmisión de bienes muebles y semovientes, así como en la constitución y cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, salvo los derechos reales de garantía, es el 8%;
  • la cuota tributaria correspondiente a la transmisión de automóviles turismo y todoterrenos, con un uso igual o superior a quince años, es de 22 euros si la cilindrada del vehículo es hasta 1.199 centímetros cúbicos, y de 38 euros si la cilindrada es de 1.200 centímetros cúbicos o superior.

Entiendo que se aplicaría el 10%.

Me imagino que a mayores tendría que pagar yo también los gastos de notaría, registro, etc.

Por lo que la suma acabaría subiendo bastante par un ejemplo como el que pones.

Si, por lo que pones el 10%.

Notario y registro irán por tu cuenta. La plusvalía (impuesto por el amumentod el valor de los terrenos) irá por cuenta del vendedor.

Todos los gastos relacionados con la adquisición y puesta en funcionamiento del inmueble se contabilizarán como el ejemplo anterior, aumentado el valor contable del inmueble.

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