En primer lugar disculpe la demora.
Desgraciadamente el Real Decreto Ley 3/2014., que regula la “tarifa plana de contratación., EXCLUYE, de su aplicación a contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes hasta segundo grado inclusive del empresario o quienes tengan el control empresarial, de las sociedades mercantiles. Quedan exentos de esta prohibición, y por tanto se les puede aplicar esta tarifa plana, los hijos de autónomos (persona física) menores de 30 años, aunque convivan con él.
Por lo que la manera de poder cotizar y, efectivamente no estar expuesto a riesgos tales cómo por ejemplo sufrir un accidente de trabajo, es darse de alta en autónomos,
Tradicionalmente los familiares de empresarios, trabajadores y profesionales autónomos están obligados a cotizar como autónomos colaboradores.
Los requisitos para cotizar como autónomo colaborador son:
- Familiar directo: cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.
- Que estén ocupados en su centro o centros de trabajo de forma habitual. No debe tratarse de una colaboración puntual.
- Que convivan en su hogar y estén a su cargo.
- Que no estén dados de alta como trabajadores por cuenta ajena.
Dicha figura disfruta de una bonificación del 50% de la cuota de autónomos, durante los 18 meses posteriores al alta en el caso de los familiares de autónomos, también conocidos como autónomos colaboradores,( lo que supone pagar una cuota reducida de 126 euros al mes en lugar de los 256 habituales, en caso de elegir la base de cotización mínima, Ud. puede escoger la base de cotización mientras ésta se encuentre entre la mínima y la máxima establecida). Es requisito necesario que el autónomo colaborador suponga una nueva alta,
El trámite es más sencillo que el de un autónomo normal ya que basta con darse de alta en la Seguridad Social como familiar colaborador, no siendo necesario darse de alta en Hacienda.
Para ello hay que presentar en la Seguridad Social el modelo TA0521-2,como documentación complementaria será necesario aportar el libro de familia, el DNI y una copia del alta en Hacienda del familiar dado de alta en autónomos y titular del negocio.
Espero haberle podido ayudar, aprovecho para mandarle atentos saludos, no sin antes rogarle valore mi respuesta.