Baja médica y negocio abierto

Tengo un pequeño negocio al por menor, una tienda-bazar en un hotel. Estoy como autónoma y sola, sin trabajadores. El médico me dio la baja ayer y me dijo que no trabajara, claro, yo necesito solucionar algunas cosas con proveedores y demás antes de cerrar. ¿Existe alguna forma de tener la tienda abierta unos días hasta hacer todo esto? ¿Se puede nombrar a alguien (autónomo) por ejemplo como persona que hace esto por mí? ¿O voy corriendo al médico y le digo que me revoque esta baja?

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Puedes dar de alta temporalmente en el RETA hasta que te den el alta medica, a un familiar o a alguna persona allegada, como autónomo colaborador que es un familiar del trabajador autónomo titular que convive y trabaja con él. Puede ser su cónyuge o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad. No debe tratarse de un trabajador por cuenta ajena. Su incorporación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es obligatoria. Debe darse de alta en la Seguridad Social como autónomo colaborador, presendo el modelo TA0521/2 (Solicitud de alta en el régimen especial de autónomos – Familiar colaborador del titular de la explotación) con su DNI, libro de familia y una copia del alta de Hacienda del trabajador autónomo. Puedes contratar a algún familiar cercano como Un autónomo colaborador es un familiar del trabajador autónomo titular que convive y trabaja con él. Puede ser su cónyuge o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad. No debe tratarse de un trabajador por cuenta ajena.
Su incorporación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es obligatoria. Debe darse de alta en la Seguridad Social como autónomo colaborador, presentanto el modelo TA0521/2 (Solicitud de alta en el régimen especial de autónomos – Familiar colaborador del titular de la explotación) con su DNI, libro de familia y una copia del alta de Hacienda del trabajador autónomo.
El colaborador no tiene obligación de hacer declaración de IVA ni de pago fraccionado del IRPF.
El colaborador no tiene obligación de hacer declaración de IVA ni de pago fraccionado del

Vaya, la gestoría sólo me dio la opción de contratar a alguien. Pero sólo tengo a mi pareja, que no estamos casados, con la única persona que vivo. En mi familia, mal, pues mi madre en coma, mi padre prejubilado por invalidez permanente, hermana de baja por accidente, otra hermana trabajando, no tengo más familia. ¿Vale mi novio? que convive conmigo y él tiene un trabajo de media jornada por la tarde-noche? Costaría lo mismo que lo que pago yo por mi autónomo?

Si no puedes dar de alta a tu novio como autónomo colaborador cuya cuota de cotización al RETA seria sobre la base máxima o mínima establecida para los autónomos, pero también puedes hacer un contrato a cualquier persona por unos días dándola de alt en el RGSS sin ningún tipo de complicación, tienes que preguntar en la dirección provincial del INSS para que te informen de lo que tienes que hacer para contratar a una persona por el tiempo que tengas que estar de baja..

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