Requisitos de venta de papeletas en una asociación?

Tenemos una asociación sin animo de lucro, dedicada a jóvenes, nuestra idea es hacer papeletas con el beneficio de un donativo, que pasos hay que seguir paso a paso para crear un sorteo donde el ganador sea el que coincida con un sorteo determinado de la ONCE y el ganador seria beneficiado con un objeto de un valor de 20 euros aproximados.                                                                                                               Estamos obligados a pedir algún permiso a hacienda o delegación del juego? Si es así al ser la asociación nacional deberíamos ir a la delegación de la provincia o hacerlo en Madrid ¿se debe pagar alguna tasa? ¿Cuánto tardan en concedértelo? ¿Durante cuánto tiempo puede durar el sorteo? ¿Para venderlas en la calle es necesario algún tipo de permiso del ayuntamiento? ¿De el beneficio que sacamos de la rifa se tiene que ir algo destinado a hacienda?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les ayude con su caso concreto. Si lo desean, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

http://www.ordenacionjuego.es/es/rifas-combinaciones-aleatorias 

En el enlace, puede ver los requisitos para organizar rifas de forma legal. Pero para sortear algo de 20 € de valor, me parece mucho trabajo administrativo.

Por otro lado, deben mirar la normativa de su ayuntamiento, en cuanto a la venta por la calle, pues en muchos casos, puede estar regulada o incluso prohibida.

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