El Estatuto de los Trabajadores (ET) requiere una serie de requisitos para que pueda negociarse y firmarse un Convenio Colectivo y así tenga eficacia para el sector para el que sea aplicable éste. Cumpliendo estas premisas estaríamos ante un Convenio Estatutario.
Al margen de estos hay otros Convenios de eficacia limitada, los llamados extraestatutarios, que se negocian fuera de los procedimientos regulados en el ET. Estos tienen fuerza vinculante sólo entre los trabajadores y empresarios afiliados y asociados a las organizaciones que lo han firmado.
También se les llama Convenios extraestatutarios a los que proceden de una negociación inicialmente estatutaria que se convierte en extraestatutaria por la imposibilidad de alcanzar acuerdos con todas las partes de la negociación (porque, por ejemplo, existan sindicatos que se nieguen a firmar).