Lo primero que tendríamos que ver es quien tiene acogida la IT si es la INSS o la Mutua.
Tendreís que dar parte en DELTA y tramitar la baja a través del Sistema Red.
La empresa asumirá el primero día de baja y la mutua los siguientes, un 75% de la base de cotización.
La verdad que de cara a la Inspección de Trabajo, será sospechoso pero si tanto la empresa como el trabajador mantienen la misma versión y no hay variaciones verbales, no creo que tengas problemas.
Igualmente, ponte en manos de un profesional lo antes posible.
Somos Asesoría Fiscal, Laboral y Contable Online, nuestro método de trabajo es 100% Online por lo que podemos trabajar en todo territorio Nacional.
El mismo servicio que una asesoría / gestoría tradicional, pero aplicada las nuevas técnologias.
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Además somos PAE (Punto de Apoyo al Emprendedor) del Estado, por lo que le podemos realizar todos los trámites de alta, constitución de su Autónomo o S.L. gratuitamente.
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