Autónomo con nomina y facturación a otros a la vez

Tres compañeros de trabajo montamos una S.L y estamos como administradores mancomunados a 3, por lo que los 3 estamos de autónomos.

Hemos conseguido un concurso público y solo trabajamos los 3 para dicho contrato, por el cual nos pagamos una nómina mensual.

Pero además hacemos trabajos por nuestra cuenta y lo facturamos fuera de la empresa, por lo que hacemos nuestros IVA y IRPF trimestrales.

La duda está en como consignar el gasto de autónomo, cada uno nos pagamos el autónomo e inicialmente lo tuvimos en cuenta como una deducción en el calculo de IRPF de la nómina.

Pero al tener con el mismo autónomo ingresos por actividades económicas y por rendimiento del trabajo, ¿puedo dejarlo como una deducción de la nómina?, ¿Tengo qué considerarlo solo como una deducción de la actividad profesional?, ¿Tengo qué repartirlo entre los 2 trabajos? Y de poder repartirlo, puede ser en la parte proporcional o tiene que ser al 50%-50%.

En mi caso, pongamos que tengo unos ingresos brutos de nomina de 15000 y de actividades económicas de 5000 y pago 3000 de autonomo.

No sé si me he explicado, pero no he podido pasarlo todo por la empresa y ahora no sé como consignar el autónomo antes de ajustarme el irpf en la última nómina.

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Respuesta
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La nómina no teneis que declarla en el IRPF (mod 130) ya que la declararás como rendimientos de trabajo en la renta, la empresa lo declará a través del 190.

El gasto de autónomo, os recomiendo que lo imputeis personalmente en cada uno de vuestros libros de gastos a nivel individual, junto con los ingresos individuales, y luego las nóminas ya en la renta las incluis.

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Hola, gracias por tu pronta respuesta, no me he expresado bien, admito que es un poco lioso.

Mi empresa me paga una nómina mensual, y la asesoria que nos lleva la gestión de la SL, cuando me calculo las retenciones de irpf en la nóminas consideró toda la cuota del autónomo como gasto deducible.

Pero yo además tengo facturación individual a parte, por lo que presento mi modelo 303 trimestral (no hago pago fraccionado porque mis clientes me retienen en la factura el 9%)

El problema está en que si lo dejo así, en la renta tendré consignado todo el autónomo en la casilla 010 y nada en la 097 y veo raro ese reparto del autónomo.

Te vuelvo a preguntar como hago el reparto del autónomo entre ambas casillas

Del global de ingresos el 75% son por nomina de la empresa y el 25% por facturación propia..

Gracias

La nómina deberás de ponerla como rendimientos de trabajo, y en las actividades por cuenta propia pones los ingresos y gastos.

La Seguridad Social los gastos deducibles ponlo en rendimientos de trabajo.

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