Normativa sobre reenvasado de productos químicos.

Busco información sobre si existe en España alguna Normativa que regule el reenvasado de productos químicos.

La cuestión exactamente es que últimamente estoy viendo tiendas de Internet que venden productos que reenvasan ellos mismos (compran a granel y lo trasvasan a envases más pequeños), etiquetan con el nombre original del producto aunque no la imagen original, y luego añaden su marca (por decirlo de alguna manera).

Un ejemplo gráfico: compro una garrafa de 5 litros de lavaparabrisas de la marca "Pepito", llego a casa y lo divido en 5 envases de 1 litro, les pongo una etiqueta que pone mi marca "Alvarito" y debajo "Lavaparabrisas Pepito", y lo pongo en venta por Internet.

Desconozco si esta práctica es lícita y las consecuencias que pudieran acarrear dichos reenvasados, pero siento curiosidad porque no sé si habría que solicitar permiso a la marca original, si con una simple reseña de "Fabricado por:" cumpliría la Normativa que pudiera existir, si tendrían que incluir mayor información (tanto comercial como de seguridad), etc.

2 Respuestas

Respuesta
1

Plantea usted una cuestión ciertamente compleja. No soy un especialista, pero voy a intentar darle mi opinión en relación a la cuestión del uso de la marca o nombre comercial de otro. Para poder usar el nombre comercial o la marca "Pepito", usted debería pedir permiso al dueño de dicha marca. Además, se considera desleal el aprovechamiento indebido, en beneficio propio o ajeno, de las ventajas de la reputación industrial, comercial o profesional adquirida por otro en el mercado. En particular, se considera desleal el empleo de signos distintivos ajenos o de denominaciones de origen falsas acompañados de la indicación acerca de la verdadera procedencia del producto o de expresiones tales como modelos, sistema, tipo, clase y similares.

Respecto al tema del etiquetaje en concreto le remito a este enlace: http://www.mc-mutual.com/webpublica/PrestacionesServicios/actividadesPreventivas/etiquetaje_p_quimicos.html 

En primer lugar, muchísimas gracias por su rápida respuesta.

Entonces debo considerar que ese reenvasado está fuera de la legalidad, ¿cierto?

Si por el contrario el reenvasador plasmara tanto su marca y nombre del producto, como si de una "marca blanca" se tratara, sin ninguna referencia expresa a su verdadero origen, ¿incurriría en falta o delito?

Pero según tengo entendido, o creo haber entendido en mis buceos por Internet, es obligatorio en España que en el etiquetado aparezca el nombre del fabricante, ¿verdad?

Ciertamente es un tema algo complicado, como usted refiere, José Vicente. Si no se dice la procedencia podría catalogarse como un fraude, y si se cita, como deslealtad. Supongo que algún resquicio habrá ya que estas tiendas continúan operando con estos productos.

Efectivamente, no parece que haya una solución a lo que usted plantea, salvo la más evidente: llegar a un acuerdo con el fabricante (quizás haya intereses comunes y a ambas partes puede convenir llegar a un acuerdo). Desconozco el caso concreto de las tiendas que, según usted, continúan operando con estos productos. Si me facilita un ejemplo, podríamos indagar.

Muchas gracias de nuevo por su atención y respuesta, José Vicente.

He encontrado casos en algunas tiendas de vapeadores (similares al cigarrillo electrónico), tiendas de productos de limpieza de automóviles, empresas que se dedican al envasado de productos para terceros... Casos concretos no recuerdo ahora mismo ya que no me he quedado con el nombre de las páginas. Algunas los venden como muestras o "samples", para que sus clientes prueben los productos antes de comprar los originales. Si encontrase algo se lo haría saber.

No debería descartar que en esos casos que comenta la tienda tenga permiso expreso del fabricante (un acuerdo de colaboración comercial o algo similar). También es posible que se trate de "piratas" (que los hay).

Por supuesto que no lo descarto, aunque en varios casos dudo que sea así.

Muchísimas gracias por su ayuda y comentarios. Un placer tratar con usted.

Saludos y Felices Fiestas.

Respuesta
1

Me permito agregar que... en el caso particular de las droguerías industriales – y en mi país - está autorizado legalmente el fraccionamiento y re envasado de los productos…los cuales son destinados a utilizar luego en cantidades mas manuables y controlables (derrames, fugas, etc.…).

Todos los productos químicos de utilización industrial (ácidos, álcalis, alcoholes, sales, soda, percloruros, fosfatos, ceras, parafinas….,…. Etc. Etc.) Son elaborados y entregados en cantidades grandes. Normalmente los líquidos en tambores de 200 litros...( o bidones (no menos de 25/30 litros)…los sólidos en cajas o bolsas acondicionadas y con masas siempre de 25 o más Kg. por unidad..

Es normal también poner la marca del fraccionador en la etiqueta y la fuente del producto…que puede ser el proveedor original o el país de origen del mismo. Paralelamente se entrega – a pedido del cliente a veces – Análisis químico del producto que está llevando y Certificación de pureza. También se acompaña la Hoja de Seguridad de la droga.

Recapitulando: la actividad de estas Empresas es el Fraccionamiento y Venta de Productos Químicos Industriales. También pueden fabricar productos derivados de aquellos - pasta de lustre, electrolito para baterias, mezclas para fertilizar la tierra, agua oxigenada de diferentes volúmenes. etc. - los que si salen con su marca.

Su finalidad es proveer los productos químicos en cantidades más fácilmente manejables que sus envases originales. Prácticamente todas las grandes proveedoras de estos productos los comercializan a granel a los distribuidores………es decir no fraccionan.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas