Nuevo autónomo con tienda online bastante perdido

Me gustaría poder darme de alta en febrero pero tengo algunas dudas que no han sabido resolverme en las dos gestorias que he visitado ya que se contradicen. Me gustaría saber si sería factible la declaración por módulos en una tienda online de accesorios de telefonía (ep. 653.2) y si compensaría ya que la otra opción sería más tediosa y en la gestoría en la que me lo aconsejan me llevan unos 80€ mensuales, me parece demasiado para empezar. También me gustaría saber si estoy obligado a aplicar el recargo de equivalencia en las compras a proveedores o si es algo opcional y por último ando algo liado en cuanto a la declaración de artículos importados de países extracomunitarios.

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico fiscal y contable en nuestra web. Trabajamos con toda España.

Si usted no tiene una tienda física, en nuestra opinión, no puede darse de alta en un epígrafe de comercio al por menor que aplique módulos (casi todo el comercio al por menor) ... Si solo dispone de una web de ventas, en nuestra opinión, se ha de dar de alta en Venta por Catalogo. Pero esto no esta nada claro y aunque la Dirección General de Tributos indica que se ha de dar de alta según la naturaleza del producto, en la practica ni Hacienda lo tiene claro...

El recargo de equivalencia en principio es obligatorio para el comercio minorista, pero si el 20% de sus operaciones son a empresarios o profesionales, puede solicitar pasar al régimen normal de IVA a la Agencia Tributaria.

En cualquier caso, hay que estudiar su caso concreto, que vende, a que mercado principal se dirige, etc...

Y en cuanto a la importación, usted ha de realizarla legalmente (con factura de importación), es decir, pasando por aduanas y pagando el IVA de la misma (se suele encargar del DUA la empresa de transportes)... y si esta en recargo de equivalencia, liquidando el mismo a la Agencia Tributaria. Algunos proveedores, mandan la mercancía como muestra comercial sin valor o a un valor mínimo, para no pasar por aduana, pero se puede encontrar con la mercancía retenida. Además, en muchos casos, puede necesitar liquidar arancel.

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