Si su actividad no tiene local de pública concurrencia solamente requiere que realize dos pasos muy simples
1. Dar de alta en Agencia Tributaria (Hacienda) con el modelo 036
2. Tramitar la Alta en la Seguridad Social el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para hacer este trámite le pedirán el modelo 036 presentado en el anterior punto, el coste mensual del Autónomo está sobre unos 260,00?/mes.
Con el modelo 036 Ud. comunica a hacienda que actividad va a tener y que impuestos tiene que presentar, respecto de los impuestos y si no he entendido mal Ud. vende al por menor con lo cual está al Régimen de Recargo de equivalencia, suena a una cosa muy técnica pero para resumir esto significa que no tiene que presentar modelos de IVA trimestral, cosa que le facilita mucho más la gestión le recomiendo que mire la Guía para Autónomos que estoy preparando en mi web:
http://www.fiscalhelp.es/guia_autonomo.aspUna vez sabemos que no tiene que presentar declaraciones de IVA, pasamos al otro impuesto que tiene que declarar a partir de ahora, el IRPF, UD. en el momento en que se da de alta de Autónomo está argumentando que va a tener una actividad económica con lo cual tendrá que presentar su Declaración de la Renta declarando los beneficios y pérdidas que va a tener en esta actividad pero esto lo declara durante los meses de mayo y junio del año siguiente. Atención eso no significa que deba relajarse y pensar que todavía tiene tiempo, NO ... el hecho de tener una actividad representa que UD. tenga que persentar el modelo 130 de pagos a cuenta del IRPF de manera trimestral y que suponen un 20% del beneficio que Ud. obtiene con la actividad, esto es un poco denso pero si mira la guía que le he adjuntado con el enlace puede verlo más claro.
Resumiendo darse de alta en Hacienda, darse de alta en la Serguridad Social como Autónomo, presentar trimestralmente el modelo 130 y hacer la declaración de la renta al año siguiente.