Impuestos para tienda online

Voy a montar un tienda online de venta al por menor. Con la seguridad social lo tengo
todo más o menos claro pero con Hacienda tengo muchas dudas.

Tengo claro lo siguiente:

-Alta censal modelo 036 o 037.
-Respecto al IRPF estaré en Estimación directa. Presentar trimestralmente modelos 130 y 100 (la renta anual de toda la vida). Ingresos – gastos (el iva se debe meter como
gasto)

-Respecto al IVA estaré en Recargo de equivalencia. No debo presentar declaraciones de IVA. Si compro a proveedor Español me debe hacer iva + RE. Si compro a proveedor
comunitario tengo que tener iva comunitario y presentar impreso 309 para pagar iva+RE. Si compro a proveedor extranjero aduanas se encarga de cobrarme IVA + RE.
-Si vendo a un Español debo añadir IVA, si la venta es a un extranjero no.

Ahora bien, preguntas:

1.-¿Si compro mercancía a proveedor extranjero una pequeña cantidad y aduanas no para el envío para cobrar IVA+RE? ¿Cómo lo declaro? ¿Debo presentar algún impreso posteriormente?. Es que aduanas depende de qué no lo para y no reclama nada.

2.-¿Si vendo un artículo en Estados Unidos y el proveedor también es de Estados Unidos y lo envía directamente a mi cliente sin pasar por mis manos ni por ninguna aduana?
¿Cómo lo declaro? En mi caso no siempre tengo yo la mercancía y son mis proveedores lo que envían directamente a mis clientes.

3.-Con el modelo 130 entiendo que ya estoy pagando IRPF por adelantado, ¿en el modelo 100 que se pone exactamente? ¿Lo qué he ingresado y lo que me han cobrado? Es que
revisando la página 5 veo dónde poner lo ingresado, los gastos pero no veo donde
poner lo que ya he ido pagando durante el año.

1 respuesta

Respuesta
1

Lo primero indícale, que hacienda, considera que si usted tiene una tienda física, si esta claro lo que usted indica, siempre que no venda mas de un 20 % a empresas, en cuyo caso, no debería acogerse al recargo de equivalencia. Si no tiene tienda física, puede que deba darse de alta en régimen general del IVA... Esta cuestión no esta muy clara, en algunos casos, ni para Hacienda.

Si usted compra mercancía, para su venta, ha de pagar aduanas, no puede comprar como muestras o envío personal... pues no tendrá una factura de gasto y esto puede suponerle un problema... No se trata del numero de artículos, sino que se dedicaran a la venta.

En caso de que el proveedor mande directamente a los clientes la mercancía, usted tendrá que tener en cualquier caso, una factura de compra legal. Y usted ha de emitir una factura de compra también... por lo tanto lo ha de declarar.

Los pagos que usted realiza cada trimestre, son pagos a cuenta del impuesto y se incluyen en la declaración, como tal... en las ultimas paginas... por lo tanto, esto sera lo máximo que pueda devolverle Hacienda, siempre teniendo en cuenta, que se ha de calcular sobre todos sus ingresos, situación personal, etc... solo que ahora, ademas incluye un apartado de actividad económica...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas