F Javi.
A efectos del vendedor lleva exactamente los mismos gastos, es decir, hay que declarar la venta en el IRPF por aumento patrimonial y hay que liquidar la plusvalía, es exactamente igual que la compraventa, de hecho es una compraventa normal.
A efectos del comprador, sí puede haber beneficios. Si las condiciones son buenas y decide subrogarse, los gastos de compraventa serán los mismos, es decir notaría, registro, gestoría, ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), pero en los gastos de hipoteca tendrá algún ahorro, por ejemplo no tendrá comisión de apertura y posiblemente tampoco tasación (aunque si es de hace tiempo tasarán), también se ahorrará el impuesto de AJD (Actos Jurídicos Documentados) que suele ser entre un 0,75% y 1,5%, los gastos de notaría también serán ligeramente más baratos, lo que sí pagará igual será Registro y Gestoría. También tendrá que pagar la comisión que el banco en su día pactase con usted en caso de subrogación de un tercero al préstamo.
En resumidas cuentas, al vendedor no le beneficia no le perjudica si es subrogación o compran con hipoteca nueva y al comprador le puede beneficiar en impuestos sobre la hipoteca y algún gasto.
Espero haberle resuelto sus dudas, si necesita cualquier aclaración, no dude en preguntarme de nuevo.
Sí le pediría por favor que valorase la respuesta para así poder seguir contestando a otros usuarios.
@`pero el vendedor no se ahorraría el importe de cancelación de la hipoteca? - belen recio arroyo