Accidentes de alumnos cubiertos en autoescuelas

He sufrido un esguince de rodilla en una clase práctica de moto en una autoescuela. A consecuencia de ello estoy de baja laboral con una minoración del sueldo en algunos conceptos que rondan los 400 euros al mes. ¿Tengo derecho a alguna idemnización por parte del seguro de la autoescuela?

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Un alumno de autoescuela, tiene la misma consideración que el profesor, a efectos legales. Si se produce un accidente, a consecuencia de la responsabilidad de un tercero, se reclamará a la compañía del causante.
En una salida de vía o caída sin contrario, tendrá derecho a la rehabilitación, pero no a una indemnización, pues no hay a quién reclamársela.
Por ley, la RC cubre: "Como alumno matriculado en una autoescuela, el aspirante a conductor está cubierto por el seguro de responsabilidad civil del centro ante cualquier percance que se produzca durante las clases o el examen: gastos médicos, hospitalarios, farmacéuticos y de rehabilitación, en caso de accidente."
Como ve, en ningún momento se contempla una indemnización, salvo que haya un contrario causante del accidente.

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Tienes que consultar, con la autoescuela, si tiene algún tipo de seguro contratado que cubra las lesiones de los alumnos durante las clases de practica de conducción, si es así, deberás dirigir por ese camino tu reclamación.

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