Cobertura médica tras más de 2 años desempleado

Hace algo más de 2 años que estoy en paro. Me he cambiado de Comunidad Autónoma y debería cambiar también mi padrón, y solicitar el cambio de médico y de tarjeta sanitaria, pero no se si tendré problemas debido a que hace ya más de un año que no tengo prestación por desempleo. Me gustaría saber si sigo teniendo cobertura sanitaria (soy española), cuales son los trámites que debo seguir y si debo hacer algún trámite especial.

Respuesta
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Respecto ala asistencia sanitaria NO te preocupes. Aunque los ciudadanos seguimos identificando sanidad gratuita y universal con la Seguridad Social –y hasta el diccionario de la Academia lo recoge así-, el vínculo desapareció con la Ley General de Sanidad de 1986, que estableció que la prestación debería ser universal y gratuita. Lo que sucedió es que, por cuestiones burocráticas, se mantuvo el sistema de cartillas (posteriormente tarjeta sanitaria gestionadas por cada Comunidad Autónoma), que ligaban el hecho de trabajar –y cotizar- con el derecho a la prestación. Esta relación ha quedado definitivamente rota con la última ley de Salud Pública, (Ley 33/2011de 4 de octubre), que establece que deben acabarse las excepciones para que todo español, por el hecho de serlo, tenga derecho a la atención independientemente de lo que gane o declare (de alguna manera, el DNI debería ser la cartilla sanitaria). LA CANTIDAD PARA SEGURIDAD SOCIAL QUE SE DESCUENTA DE LAS NÓMINAS NO ESTÁ DESTINADA A PAGAR LA ATENCIÓN SANITARIA, SINO EL PARO O LA JUBILACIÓN.. Es decir: nadie paga un impuesto específico para ser atendido por la sanidad pública. El principio del sistema sanitario es que se trata por igual a todos los pacientes, independientemente de lo que hayan pagado en impuestos. Nadie paga en un hospital, por ejemplo, gane dos millones o 400 euros al mes. Las únicas diferencias que hay se dan en la prestación farmacéutica.

En definitiva la financiación del sistema sanitario depende, básicamente, de la voluntad y capacidad de los gestores autonómicos (de ahí las diferencias entre CCAA). El Gobierno central hace de recaudador: da un total de lo que ingresa por impuestos a las comunidades, y estas lo pueden gastar en lo que ¡Quieran! (Sanidad, subvenciones a entidades específicas autónomas -¿Se entiende verdad?-,...) sin más condiciones. El Estado se nutre de los impuestos: IRPF, sociedades, capital, IVA, especiales. De ahí sale el dinero que aporta a las comunidades para que estas, que soportan el gasto sanitario, cubran las necesidades de los ciudadanos. Pero no da una partida específica para sanidad

Procedimiento:

1.- Empadronarse en el nuevo municipio :DNI, documento acredite uso de la vivienda (contrato de compra. Venta, de alquiler, facturas compañías suministradoras de servicios: teléfono, luz, agua,...) y solicitud de empadronamiento

2.- Cambio de domicilio Fiscal : Ante la Administración/Delegación de la Agencia Tributaria (modelo 030), aunque NO es obligatorio si no se es empresario, profesional o retenedor.

3.- Cambio domicilio en la Seguridad Social: en las oficinas de la Tesorería de la SS

4.- Nueva tarjeta Sanitaria: solicitud normalmente en el propio ambulatorio sanitario que corresponda al nuevo domicilio (aunque depende de cada CCAA).

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