El Convenio Especial con la Seguridad Social (un acuerdo suscrito voluntariamente por el trabajador por el que se compromete él mismo a pagar sus cuotas de la Seguridad Social) entre otros requisitos precisa que hayan pasado menos de 360 días (1 año) desde la fecha de baja del Régimen de la SS en el que se causo baja. Las cuotas a pagar dependen de la Base de cotización que se elija (hay ciertas limitaciones para dicha elección).
Por otra parte la concesión del subsidio de +55 años está restringida a unos requisitos muy estrictos, entre ellos: haber cotizado al menos 15 años, cumplir unos límites de "rentas" de la Unidad Familiar también muy estrictos y que el solicitante esté o bien percibiendo ya un subsidio (que se transformaría en el de mayores de 55 años), o bien haya generado el derecho a percibir otro subsidio, que al tener la edad requerida, se convierte en el de mayores de 55 años.