En el catastro el porche aparece como construido cerrado, ¿Puedo cerrarlo?

Estoy mirando una casa de dos plantas, y en el catastro figura como que la superior tiene 105, y la inferior 111.. Amabas con uso VIVIENDA.
De hecho, la inferior tiene un super porche abierto con dos columnas y solo tiene una bodega y tratero.. Quedando como 70 m2 sin cerrar...
La fachada inferior no se ve demasiado y estaba yo pensando en habilitarla como gimnasio, jacuzzi y salón de verano.. Cerrando con cortinas de cristal..
Dado que en teoría está cubierto.. Pero que la parcela me han dicho que supera los limites de habitabildiad del municipio ¿creéis qué puedo cerrarlo discretamente? ¿Lo hago coincidir con otras obras para las que voy a pedir licencia? ¿Lo hago más adelante?... No lo hago... Porque supongo que el ayuntamiento me da estos datos de la habitabilidad basándose en el catastro, ¿no?

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La información del catastro sólo tiene valor informativo a efectos de impuesto de bienes inmuebles. Las características reales del inmueble deben aparecer en las escrituras de propiedad.

Es normal que en inmuebles antiguos y no tan antiguos difieran las características que aparecen en el catastro, en las escrituras y en el registro de la propiedad.

Le recomendamos que, dada la cuantía e importancia de la compra de un inmueble, consulte con un arquitecto que estudie la normativa local y que afecta al inmueble -lo de "me han dicho" no es buena práctica.

Toda obra ha de ser conforme la normativa local y estatal y mediante una licencia de obras. Si no se expone a denuncias y multas que no son nada agradables.

Le aconsejamos que también consulte en el ayuntamiento la forma de proceder o que en su caso lo haga el arquitecto de su confianza.

Esperamos haber sido de ayuda. Un saludo y gracias por valorar la respuesta.

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