Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web.
Dependerá del importe, pero puede estar obligado a presentar declaración de bienes en el extranjero. Además, hay que estudiar el convenio para evitar la doble imposición internacional entre ambos países, pero habitualmente, usted tributara en Italia como no residente por la vivienda y luego ha de incluirlo en su declaración de renta en España acogiéndose al convenio. Entendiendo que usted será residente fiscal en España.