Sobre nombramiento de junta de condominio
La junta de condominio fue nombrada apresuradamente para resolver problemas en el edificio; pero , es el caso que está constituida por : El padre de un propietario, la hija de una propietaria y el hijo único de un propietario fallecido que conforman la sucesión juntamente con la viuda . Al menos, los dos primeros casos pareciese irregular el nombramiento. Como se puede subsanar? Pueden los propietarios otorgar poder a los padres para que sean miembros de la junta? O sólo para que asistan a las reuniones? O, en ningún caso? Puede enderezarse el entuerto , nombrando como miembros de la junta a los propietarios (los que aparecen en documento de propiedad) dejando constancia de esto en el libro? En el caso concreto, la junta , no ha tomado decisiones importantes todavía.