Cobro de el fogasa y declaración de hacienda a pagar

Tras un ere y cinco meses si cobrar en el año 2009 el fogasa me pago en el año 2011 tras sentencia judicial 3700 euros en el año 2012hacienda me reclama 1290euros por la declaración del 2011 año en que me indepnizaron y en el que estaba cobrando el paro mi pregunta es por que me sale apagar por cobrar mis salarios del 2009 y mal pagados y como puedo proceder para no tener que pagar adía de hoy todavía no me me han comunicado nada puede haber prescrito la deuda

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Lo primero que habría que hacer es comprobar si esas nominas que percibes del fogasa en el 2011, están incluidas en los rendimientos del trabajo y declaradas en tu renta del 2009.

No me queda claro si te refieres a que has recibido una declaración paralela de hacienda ahora.

No en el 2013 estaba cobrando la ayuda familiar 426 y para hacer una novación el banco me pidió la declaración de la renta y fui a hacienda a solicitar un certificado como que estaba ecsento de declarar y ayi me lo comunicaro que estaba obligado a hacer la declaración del 2011 yo en el 2011 no hice la declaración por estar cobrando el paro

El hecho de estar cobrando el paro no te exime de hacer la declaración de renta. Lo que ha ocurrido, es que en 2011 constan dos pagadores, uno el servicio de empleo que te pagó el paro, y el fogasa. Al tener dos pagadores y el segundo por un importe superior a 1.500 euros, el límite para estar obligado a hacer declaración de renta baja a 11.200 euros. En ese año lo superaste y por eso en Hacienda te dicen que debería haberla hecho.

Ahora bien, lo que te comentaba al principio es muy importante, porque es probable que esos ingresos que percibes del fogasa los declararas en tu renta del año 2009, porque es muy común que las empresas comuniquen a hacienda las percepciones de sus trabajadores durante el año aunque no les hayan abonado todas las nóminas. Si esto es así, no habría problema, ante una posible revisión por parte de la Agencia Tributaria, tú puedes alegar que esas percepciones están ya declaradas con anterioridad. Si no, sí que te aconsejo realizar la declaración del 2011. La prescribiría el 30 de junio del 2016.

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