Como contabilizo Devolución Gasóleo Profesional

A los transportistas se les esta devolviendo unas cantidades desde hacienda por un gasóleo que pagaron antes del 31.12.2012 en distintas paginas de internet nos dicen que hay que meter esta devolución en la cuenta 747.0 Otras subvenciones y en otros en la cuenta 778.0 Ingresos Extraordinarios. Pero Hacienda dice que es una devolución de un gasto que se hizo en su momento. Así que estoy hecha un lio, no puedo ponerlo como menos gasto porque no es de este ejercicio pero tampoco como ingreso.

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Yo la metería en la 636, devolución de impuestos.

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En nuestra opinión, se debería contabilizar como un ingreso extraordinario, contra reservas, pues corresponden a años ya cerrados.

Gracias por tu respuesta, para empresas una excelente respuesta y lo voy a hacer así.

Y para Autónomos con estimación directa? No lo contabilizo y luego en el IRPF lo pongo como rendimiento patrimonial?

 O lo contabilizo en la 636 con signo negativo?

Vosotros que tenéis mas experiencia que me aconsejáis?

En nuestra opinión, y sin haber tenido ningún caso, lo puede contabilizar como un ingreso extraordinario, no como un gasto negativo... Y al ser de la actividad económica, no se ha de incluir como un incremento patrimonial en la renta.

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