Salario de tramitación

Como contabilizo un salario de tramitación que se desglosa en lo siguiente:
-Salario tramitación (importe bruto).
-Deducciones(irpf y seg. Social)
-Liquido a percibir.
Previo a esto se han pagado los seguros sociales correspondientes.
Este salario de tramitación se va a recurrir, ¿cómo lo contabilizo cuando lo devuelvan?.

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Tienes que contabilizarlo como una nómina más puesto que ya los has pagado. Si fuera una indemnización por despido utilizarías la cuenta OTROS GASTOS SOCIALES (6490.
SI DESPUÉS DE RECURRIR recuperas el importe y es dentro del mismo ejercicio contable no hay problema, haces un asiento negativo de nómina y en paz, pero si la devolución es en otro ejercicio deberás contabilizar la cantidad que recibas como un INGRESO EXTRAORDINARIO en la cuenta 7780 O EN LA 779 INGRESOS Y BENEFICIOS DE OTROS EJERCICIOS, YO UTILIZARÍA LA 7780.
Espero haberte ayudado. Un saludo Fulma. Por favor no olvides puntuar, ES MUY IMPORTANTE.

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