¿Se puede comprar un vehículo financiado teniendo ejecutoria de embargo de todos los bienes?

Si accedo a una financiación bancaria o particular (préstamo), para la compra de un vehículo, entiendo que el dinero no puede estar a mi nombre en ningún momento, para no decaer en alzamiento de bienes, a través de la "reserva de dominio" o cualesquiera otra figura, que desconozco, podría adquirir el vehículo para uso particular o poder ir al trabajo, o es imposible la operación. El vehículo aunque lo financie, estaría a mi nombre..., en este caso la "reserva de dominio" me protege para su uso, hasta el fin de la financiación, momento en el que adquiriría la propiedad o no... ¿Pueden trabarme los acreedores, a través del juzgado, de aguna manera? Y desposeerme del vehículo, se podría retrotraer la operación y quedarse con el dinero del crédito, a través de esa ejecutoria, o no pueden porque realmente no adquiero la propiedad de pleno. En el caso de la adquisición de una vivienda con hipoteca, ¿sería un caso parecido?, aún cuando sea un bien inmueble...

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Si tiene usted una orden general de ejecución nadie le va a prestar ni un euro, porque ya figura en el sistema. Por tanto, ni financiación ni hipoteca. Si todavía no está librada la orden de ejecución, le trabarán por embargo todos sus bienes presentes y futuros, incluidos el vehículo y la vivienda. En relación al vehículo, se ha creado la extravagante figura del "embargo de uso", en virtud de la cual a usted le quitan el coche y sigue pagando a la financiera y hasta las multas.

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