Poda de árbol de vecino que invade mi piscina

Pertenezco al Ayto de Fuengirola.
El árbol (Ficus benjamina) de un vecino invade mi propiedad, y las hojas de deshecho caen de manera sistemática en la piscina, estropeando el agua y poniendo en peligro la depuradora, por lo que la tenemos que tener cubierta. Por fin hemos podido hablar con los que administran la propiedad y nos han dicho que antes de PODAR, no de cortar, tienen que pedir permiso al Ayto. Esto significa pasar el resto del verano esperando el permiso.
La pregunta es : ¿Es cierto que la ley del Municipio dice que hay que pedir permiso?
Y sobre los frutales que tienes en el jardín, también, ¿y todos los años?

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Nada mas lejos de la realidad que ese concepto de los administradores. Envíales un documento escrito para que se apersonen de la poda de ese árbol en forma inmediata y ellos en ocho días tienen que haberte solucionado el problema. Si pasados ocho días no te lo han solucionado entonces, con copia de ese escrito haces la denuncia en el ayuntamiento y ellos harán que se cumpla la poda del mismo.

¡Gracias!
En el post anterior ya he explicado cómo ha sido.
Lo malo es la falta de respeto que tiene la gente. En este caso, los propietarios suecos. Y también entraron con unas escaleras en mi jardín a coger una pelota pequeña.
Todo ésto en su país no lo harían.

Si. Las costumbres de cada país en cuanto a las normas de vecindad varían enormemente porque hay poblaciones en que los solares son compartidos por todos los vecinos, no hay cercas o divisiones, para ellos es totalmente extraño ver nuestros solares divididos con muros pero nunca cuestionan eso, solo asumen esa realidad.

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Es la primera vez que odio que para podar se requiera de un permiso municipal

Sinceramente, lo pongo en duda

Es más, el código civil está de su parte:

Artículo 591.

No se podrá plantar árboles cerca de una heredad ajena sino a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y, en su defecto, a la de dos metros de la línea divisoria de las heredades si la plantación se hace de árboles altos, y a la de 50 centímetros si la plantación es de arbustos o árboles bajos.

Todo propietario tiene derecho a pedir que se arranquen los árboles que en adelante se plantaren a menor distancia de su heredad.
[Bloque 764: #art592]

Artículo 592.

Si las ramas de algunos árboles se extendieren sobre una heredad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de éstos derecho a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre su propiedad, y si fueren las raíces de los árboles vecinos las que se extendiesen en suelo de otro, el dueño del suelo en que se introduzcan podrá cortarlas por sí mismo dentro de su heredad.

Uy... El autocorrector... No era "odio", era "oigo"

¡Gracias!
En estos días encontré un articulo de una normativa de Zonas Verdes privadas y publicas en Fuengirola, donde dice que HAY QUE PEDIR PERMISO ( ¡)
Llamé al Ayto, y el técnico me dijo que era solo para el corte. Le insistí, habló con el técnico jefe que le confirmó que sí, que hay que pedir el citadito permiso. Lo que sé es que mientras tanto no puedo utilizar la piscina, y ellos, mis vecinos la disfrutan como locos. Gracias de nuevo.

Caramba... Está claro que cada ayuntamiento es un mundo. Como le decía antes, es la primera vez que escucho que para podar hay que pedir permiso. Y aún serán capaces de cobrar alguna tasa para la concesión del citado permiso...

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