¿Que medios económicos deben demostrar para estar en condiciones de conseguir la tarjeta de familiar de ciudadano de la unión?

Un ciudadano europeo (nacional español) con residencia en España, pretende conseguir la residencia temporal para su cónyuge de nacionalidad china. En ese sentido solicitaran la tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano europeo.

Los dos están en situación de desempleo, aunque el español recibe la prestación máxima y su cónyuge el equivalente chino a una cuantía media-baja de la prestación, y con cuentas bancarias con saldo disponible

¿Cómo se transforman esos medios económicos en pruebas admisibles en derecho? ¿Es posible obtener un certificado de ingresos válido a partir de la prestación?, ¿Cómo utilizar el saldo bancario?, ¿Se puede convertir el saldo en cheques certificados o tarjetas de crédito con certificación bancaria? ¿Hay algún otro recurso disponible a destacar?

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Si el ciudadano español, cobrá el paro, con eso es suficiente. De lo contrario esté deberá presentar medios de vida por certficado bancario, y/o cuentas, ingresos, con un saldo de 6,000€.

Los medios de vida solo deberá demostrarse por parte del ciudadano comunitario.

Si aún tiene dudas, escribanos a [email protected]

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Entre los requisitos para obtener la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, si no se es trabajador por cuenta propia ni por cuenta ajena, ni tampoco estudiante, se requiere :

Disponer para sí y los miembros de su familia, de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva.

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