Se necesita aceptar una herencia intestada si eres heredero legitimo?

Soy hija unica y mi padre murio sin hacer testamento hace unos 35 anos el el Pais Vasco cuando yo tenia 8 anos. Como unicos bienes mi padre dejo la vivienda donde residia la familia pero que el habia comprado antes de casarse y otra casa en el publo donde el nacio que compro junto con mi madre despues de casarse.

Ni mi madre ni yo hicimos nunca nada para acepta or repudiar la herencia. Mi madre termino de pagar la hipoteca que tenia el piso pero todos lo recibos siguen a nombre de mi padre y segun ella mi padre nunca hizo escrituras sobre la casa.

Siempre ha habido un entendimiento entre mi madre y you que mientras ella viva esa sera su cas, sin embargo ahora tiene un companero que vie con ella desde hace mas de diez anos.

Mi madre ha hecho testamento nombrandome su unica heredera.

Unos amigos me han aconsejado que independientemente del acuerdo verbal con mi madre regularice la situacon ya que segun ellos como heredera tengo derecho a heredar pero que mientras no acepte no soy duena de nada.

Tememos que el companero de mi madre puediese tener algun derecho sobre el piso cuando ell muera. Segun ellos al no estar el piso a mi nombre no tendria forma de probar que la casa me pertenece y por lo tanto nadie prodria hecharlo ya que soo puede echarle el propietario ( aunque el tenga su propio piso) y yo resido en el extranjero.

Mis dudas son las siguientes:

¿Se puede tener una hipoteca sin tener escrituras?

Me corresponde a mi la totalidad del piso considerando que es un bien privativo por se adquirido antes del matriomonio o tiene mi madre derecho al usufructo? (¿Cuál es la legitima?). ¿Aunque ella tenga derecho al uso y disfrute el piso puedo hacer las escrituras a mi nombre como propietario?

¿Tengo qué aceptar la herencia para poder hacerme con la propiedad de los bienes que componen la herencia del difunto?

Al no haber testamento, ¿tengo qué hacer una declaracion de herederos ante notario junto a mi madre para poder hacer una aceptacion de la herencia?

Tengo qué hacer una declaracion de impuesto de sucesiones al aceptar la herencia o al haber pasado mas de 5 anos desde el fallecimiento de mi padre la obligacion ya ha prescrito?

¿Es verdad que segun el codigo civil solo se dispone de 30 anos para aceptar la herencia? ¿Si ese fuera el caso contaria desde el momento del fallecimiento o se tiene en cuanta que yo entonces era menor de edad?

Al no haber aceptado yo la herencia puede mi madre tomar posesion del piso por derecho de usucapión al haber vivido en el mas de 30 anos.

¿Significa el haber pagado mi madre el resto de la hipoteca que ha aceptado la herecia?

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No se si le estoy respondiendo correctamente porque en el Pais Vasco hay leyes distintas a otros lugares; le digo lo que yo sé, que supongo que es también aplicable en su caso.

El tiempo que ha pasado desde que murió su padre es clave en este asunto. Una de las maneras de adquirir una propiedad es la posesión de un inmueble durante un cierto tiempo y en determinadas condiciones. Transcurridos treinta años en los que su madre se ha comportado como dueña, a todos los efectos, ha pagado los gastos y ha poseído los bienes, se considera que lo ha adquirido por prescripción adquisitiva (también llamada usocapión). No importa quien fuera antes el propietario, incluso no importaría si estuviera inscrito en el registro a nombre de otro. Esos treinta años le dan derecho a ello.

La ley no dispone que tenga treinta años para aceptar la herencia, lo que pasa es que al no haberlo hecho en este tiempo, otra persona puede haber aprovechado para adquirirlo en la forma que le digo mientras usted no hace nada. Pongo un ejemplo: Imagine que hubieran pasado 20 años, que su madre hubiera muerto y que ese compañero que ella tiene hubiese continuado la posesión en lugar de ella los otros quince años. En este caso también habrían pasado 35 años, pero ni su madre ni su compañero lo habrían adquirido, porque no llevan 30 años haciéndolo.

Creo que al final va a acabar siendo suyo pero va a ser complicado. Ahora que aún vive su madre es mejor que vayan a un notario y lo arreglen todo.

Para heredar sin testamento deben acudir al notario para que haga una declaración de herederos abintestato. Su madre podría objetar que todo es de ella por el motivo que le he dicho, pero no creo que lo haga y si ella no se opone, no se opondrá nadie más.

Y es mejor que lo hagan ahora, porque cuando ella falte será mucho más complicado.

Muchas gracias por su respuesta clara y directa... ¿la única duda que me queda ahora es si tendría que hacer una declaración del impuesto de sucesiones al aceptar la herencia o al haber pasado más de 5 anos desde el fallecimiento de mi padre la obligación ya ha prescrito?

El impuesto de sucesiones ha prescrito y no tiene que pagar nada.

Tiene que declarar, pero solo declarar, le saldrá cuota cero.

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