Dudas prescripcion iniciacion procedimiento sancionador

Aunque he leído algo parecido en otras preguntas hechas aquí hay alguna cosa que no me queda clara.

Los hechos:

Tener el coche aparcado en una pista forestal en el pantano de San Juan, junto a varias docenas de coches allí aparcados, siendo un obstáculo para los equipos de emergencia segun el Serprona. La infracción que me ponen la dan carácter de LEVE y la multa 200 euros.

Me mandan una iniciación procedimiento sancionador de la dirección general medio ambiente comunidad de Madrid por un hecho ocurrido el día 12 de julio, la carta que recibo es del día 5 de Octubre y la recibo por correo certificado el día 14 de octubre. ¿Al pasar más de dos meses del hecho a la fecha de recepción de la carta ha prescrito por el articulo 6.2 Real Decreto 1398/1993 ?

Si no hubiera prescrito... Podria alegar que en este procedimiento sancionador pone el día pero no la hora en que ocurrieron los hechos como un defecto de forma y el procedimiento quede anulado?

Si el tema de la hora no vale para nada... Ya se que no tengo nada que hacer contra la palabra del Serprona... ¿pero puedo pedir documento grafico ( foto) de que efectivamente obstaculizaba el paso de servicios de emergencia? Es un camino forestal con muchisimos coche los fines de semana en ambos sentidos por lo cual es imposible obstaculizar el paso. Los coches aparcan y puede pasar un camion de bomberos sin problemas.

Les agradecería una contestación antes de los 15 días ( ahora me quedan solo 13 ) que me dan para alegar algo en contra.

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