Entre las obligaciones para solicitar la capitalización del paro se encuentra:
- Presentar la documentación acreditativa del inicio de actividad.
- Destinar la cantidad percibida a la aportación al capital establecido, en el caso de cooperativas o sociedades laborales, o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, en el caso de trabajadores autónomos.
Percibido el importe del pago único, el trabajador dispone de un mes para iniciar la actividad.
Junto a la solicitud se suele entregar un impreso de ayuda para la confección del documento más habitual: la memoria explicativa del proyecto a desarrollar tras las capitalizaciones por desempleo. Aconsejamos rellenar este documento, convenientemente asesorados, no porque sea complejo, pues se puede completar con unos datos mínimos, sino porque nos puede ayudar a valorar la viabilidad de nuestro proyecto.
A posteriori, como es lógico, también hay una documentación a entregar una vez resuelta la solicitud, básicamente facturas y justificantes que en cada caso procedan, que acrediten la inversión realizada. Es ahí cuando debes aportar los justificantes de todos los gastos que hayas tenido para iniciar tu actividad, alquiler incluido, por supuesto.
Si necesitas ayuda, puedes contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es