Que me deberán indepnizar por accidente de tráfico?
El pasado 22/07/15, sufrí un accidente de tráfico yo iba como ocupante, hubo atestado de la policía. Me adistieron en el hospital de urgencias y diagnosticaron contusiones múltiples en rodilla, dedo del pie y cervialgia con esguince cervical. Durante todo el mes restante y hasta el 24 de agosto la compañía no contacto con nosotros en ningún momento. Me hizo el seguimiento mi médico de cabecera y cada informe médico lo fui mandando a la compañía. Ese 24 de Agosto la compañía me remite a la compañía contraria (la que nos pego) para que yo personalmente reclame mi indepnizacion y envíe toda la documentación. Mi médico considera que he de ir al traumatologo para que me valore y el 30/09/15 me visita el trauma de la seg. Social el cual me remite ha rehabilitación. Informo a la compañía y esta automáticamente contacta conmigo diciendo que se alarga mucho y que me van a mirar sus médicos ese mio día me citan para verme esa semana y el médico sigue la pauta de rehabilitación deribandome a una clínica concertada con ellos hecrehalizado 10 sesiones todavía sigo contracturada y mañana día 3/11/15 me visitará el medico. Supongo que me dará el alta para no demorar lo más. En el momento del accidente y actualmente estoy desempleada por lo que no he tenido baja laboral. ¿Qué aspectos y conceptos he de tener en cuenta a la hora de recibir la indepnizacion?