¿Cuando puedo poner de manifiesto la falta de algún requisito de admisibilidad?
Tengo una duda respecto a si compruebo que existe una falta de requisitos de admisibilidad en una reconvención que se admite a trámite, ¿cuándo puedo ponerlo de manifiesto? ¿Y si puedo ponerlo de manifiesto en que momento del proceso se examinará esta supuesta falta?