IVA a cliente francés (OIB) no sujeto
Tengo un cliente francés, del tipo OIB, es decir es un intermediario de operaciones bancarias. Yo nunca antes había tenido problemas en la facturación, si el cliente tenía número IVA intracomunitario, no le cargaba IVA, si no lo tenía, sí. El problema es que este cliente no tiene número porque no está sujeto y está seguro de que no me tiene que pagar IVA. Además, el resto de empresas europeas que operan con él no se lo cargan.
Puesto que él parece la excepción, me gustaría saber si hay alguna Ley en España en la que me quede claro lo que tengo que hacer, porque parece que no hay acuerdo cuando formulo la pregunta y necesitaría aclararlo ya.
Respuesta de Ojea Blanco Asesor y Economista