Características esenciales para abrir un centro de masajes.

Estoy mirando un local para montarme un centro de masajes. El centro solo sería de una habitación ( para realizar el masaje) una pequeña entrada con una silla por si alguien está esperando y un baño. Estoy investigando el tema de normativas de accesibilidad para minusvalidos (ya que creo que es un requisito), tengo claro que las puertas han de ser de 80 cm y disponer de un margen amplio de espacio en el baño. Me gustaría saber si es necesario que el baño tenga un acceso independiente, ya que, en el local que actualmente me interesa no podría hacerle un acceso independiente y se entraría a el a través de la habitación habilitada para dar el masaje.

Ya de paso si saben de algún requisito más a cumplir y son tan amables de comunicarmelo...

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Respuesta

La actividad de MASAJES NO TERAPEUTICOS la englobamos en LICENCIA AMBIENTAL ya que suponemos que es una actividad que requiere de unas condiciones higiénicas mínimas, que por lo tanto deben de plasmarse en el correspondiente proyecto de actividad para solicitar la licencia de actividad o funcionamiento con el trámite administrativo Municipal correspondiente.

Proyecto de actividad:

El local debe de contar con una serie de instalaciones mínimas para su correcto funcionamiento, así pues el local debe de tener en cuenta la accesibilidad al mismo para personas con movilidad reducida o alguna minusvalía, también unas condiciones higiénicas en cuanta a ventilación del local, estar dotadas de unas duchas, salas individuales y por último todo el recinto deberá de disponer de elementos de protección o seguridad en caso de incendio o tener que ser evacuado por cualquier motivo.

Por todo esto tendremos, las condiciones que den cumplir los centros de masajes no terapéuticos los agrupamos en estos tres grupoS que serían:

  1. ACCESIBILIDAD PARA MINUSVALIDOS: Los elementos de accesibilidad al local deben de permitir en todo momento no solo la entrada y salida correcta a personas con minusvalías, sino también el tránsito por todas las instalaciones del centro y uso de estas en todo momento con suficiente holgura, sin que existan obstáculos para ello. Por lo tanto tendremos en cuenta los siguientes aspectos en el local:
    1. ACCESO AL LOCAL:
      1. No podrán haber escalones y se deberá de disponer de una Rampa de acceso al local, la pendiente estará entre el 8% y el 12%, dependiendo de la longitud de la misma.
      2. En cuanto a la Puerta de acceso al local de ancho mínimo de 80Cm.
    2. RECORRIDOS EN EL INTERIOR DEL CENTRO:
      1. Los recorridos dentro del local deben de estar también adaptados para minusválidos de forma que deben ser anchos para que cualquier persona pueda desplazarse y girar cómodamente, mínimo 1 metro y si tiene que girar 1,20 metros.
      2. En cuanto a las puertas interiores de paso deben de tener un ancho mínimo de 80 centímetros libres de paso.
    3. ASEO PARA MINUSVÁLIDOS:
      1. Habrá como mínimo un baño amplio para personas en silla de ruedas, que tenga un radio de giro de 1,50 metros y la puerta de acceso de ámbito de 80 centímetros como mínimo y apertura hacia el exterior o corredera.
      2. Los sanitarios del baño deben tener medidas especiales y existir barras de sustentación.
    4. CONDICIONES HIGIÉNICAS O DE CONFORT: Estos centros deben de disponer de una serie de requisitos mínimos para que las personas que utilicen estas instalaciones dispongan de unas garantías higiénicas y de confort. Así pues tendremos que:
      1. VENTILACIÓN DEL RECINTO: Siempre se debe de garantizar una ventilación y renovación de aires del centro, así pues se debe de tener un sistema que garantice una renovación de aires del centro de manera continuada para eliminar el aire viciado del mismo.
      2. DUCHA: Al tratarse de masajes, aunque no sería obligatorio, se debería de disponer de una ducha para los clientes.
      3. BOTIQUIN: Por su puesto todo centro debe de disponer de un botiquín básico para primeros auxilios en caso de accidente.
      4. AGUA CALIENTE SANITARIA: Para la higiene sobre todo de los trabajadores.
    5. PROTECCIÓN PARA INCENDIOS: Aunque el riesgo de incendios en estos locales es más bien reducido, el centro debe de disponer de unos mínimos cumplimientos de protección contra incendios. Aquí tendremos que prestar atención a los siguientes aspectos:
      1. SALIDA: La salida del centro contará con una puerta que puede abrir hacia el interior del local, y de un ancho suficiente para que la salida en caso de incendio o accidente se realice de forma rápida y ordenada.
      2. RECORRIDOS DE EVACUACIÓN: Los itinerarios dentro del local deben ser lo suficientemente anchos para el número de personas que como máximo puedan estar en el en un momento determinado..
      3. ILUMINACIÓN Y SEÑALIZACIÓN DE EMERGENCIA: Tanto la salida de emergencia como los recorridos hasta llegar a las salidas del local debe estar indicada con la señalización de salida de emergencia e iluminada con luces de emergencia si se fuera la luz del local.
      4. EXTINTORES: El local debe de disponer de extintores suficientes aptos para todos los tipos de fuego.
      5. RESISTENCIA AL FUEGO: Tanto la estructura del centro como los cerramientos que tiene el mismo deben de ser lo suficientemente resistentes contra el fuego en caso de que exista un incendio para dar tiempo de sobra a la gente a evacuar dicho local e intentar los bomberos sofocarlo (normalmente suele ser 240 minutos).
      6. EXTINCIÓN DEL FUEGO: El centro debe de tener buenos accesos a sus inmediaciones para que el camión de bomberos pueda aproximarse al mismo.

LICENCIA AMBIENTAL PARA LA APERTURA DE LA ACTIVIDAD:

Una vez el Proyecto de Actividad ha dejado reflejado todos los requisitos que el centro debe de tener y cumplir para obtener la licencia de apertura o actividad del local para masajes no terapéuticos, deberemos de presentar en el ayuntamiento el Proyecto de Actividad para la solicitud de la LICENCIA AMBIENTAL (antigua licencia de actividad o apertura).

LICENCIA AMBIENTAL: Las CARACTERISTICAS DE LA LICENCIA AMBIENTAL que es el trámite previo que tenemos que hacer ante el Ayuntamiento para poder realizar la apertura de nuestro Local de cara al público, son los que pasamos a explicar:

  1. Se realiza ante el Ayuntamiento en el cual se encuentra el local en cuestión.
  2. Es un trámite normalizado por las normas legales actuales.
  3. ASESORAMIENTO TECNICO, es necesario un buen asesoramiento para el correcto cumplimiento de todas las normas correspondientes.

Así que en resumen podemos decir que para la solicitud de la Licencia de Actividad o Licencia de Apertura, la solicitaremos mediante una solicitud denominada LICENCIA AMBIENTAL, a esta solicitud deberemos de adjuntar además del Proyecto de Actividad, los datos del solicitante y el pago de la tasa correspondiente.

DOCUMENTACIÓN LICENCIA AMBIENTAL: La documentación que debemos presentar en el Ayuntamiento para realizar la solicitud de LICENCIA AMBIENTAL es:

  1. Instancia que nos dará el Ayuntamiento en un modelo normalizado por el propio Ayuntamiento.
  2. Justificante del pago de la tasa correspondiente al Ayuntamiento, mediante carta de pago que nos dará el propio Ayuntamiento.
  3. Proyecto de Actividad ya indicado anteriormente, redactado por un técnico cualificado, arquitecto, ingeniero o arquitecto técnico.
  4. Contrato de Alquiler del local o titulo de propiedad.
  5. Certificados técnicos de que el local cumple las condiciones técnicas que se indicaban en el proyecto de actividad.
  6. Informe de viabilidad urbanística expedido por el propio Ayuntamiento.

Todos estos puntos deben de plasmarse en el proyecto de actividad, para que quede claramente justificado el cumplimiento de todas las normativas que nos afecten. Por lo tanto lo idóneo, antes de decidir la ubicación del local para masajes a alquilar sería que consultaran con un técnico que le asesorara sobre la viabilidad del centro o el volumen de obras que tiene que realizar.

Respuesta

Según tengo entendido, el baño adaptado se exige actualmente en locales de 100m2 en adelante. Si es más pequeño no lo tiene que poner - Raquel R.

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