Maximos y minimos regimenes de visitas abuelos
Me pongo en contacto con ustedes para informarme sobre un asunto en derecho civil, en el apartado de régimen de visitas abuelos, cuento mi situación, a día de hoy hemos tenido desabeniencias con la familia de mi mujer concretamente con su madre y hermana pero principalmente con su madre, nos han amenazado con denunciarnos por no ver a nuesra hija de casi 3 años, la cuestión es la siguiente negarnos no nos negamos, pero no ante su antojo de cuando ellos quieran teniendo planes previos, la situación de trato que actualmente tenemos después de varias "reconciliaciones" por llamarlas de alguna manera siendo nosotros los que al final siempre pasábamos por sus condiciones, es nula, pero si nos vemos por la calle siempre nos hemos parado y han visto a la niña, la cuestión es si concretando hasta que punto y que nivel pueden exigir las visitas de nuestra hija, se la tenemos que desplazar nosotros o tienen que desplazarse ellos, nos pueden denunciar y nosotros alegar que mi suegra no es apta para ello no por que no la vea sino que la vea en nuestra presencia siempre, puede llegar el estremo de tener que pernoctar nuestra hija en su casa cuantas visitas son lo mínimo para que mi hija no pase por este mal trago de pasar un enjuiciamiento
En caso de que llegáramos a lo jurídico tenemos grabaciones telefónicas de la actitud bipolar que tiene mi suegra con comentarios poco acertados hacia mi esposa( es su madre), causándole a mi mujer varios casos de ansiedad en el periodo que hemos INTENTADO llevarnos bien por ceder a sus deseos, debo añadir que mi cuñada es separada y con una hija y vive en casa de mi suegra y mi modo de ver las condiciones no son las acertadas en su casa con 4 gatos y un perro para la poca higienizacion que tiene en casa no por los animales en si. Para que nosotros llevemos a nuestra hija allí después de las desavenecias.