Pasos para cobrar incapacidad seguro colectivo

Me gustaría los pasos a seguir para cobrar un seguro colectivo ya que en breve me llegara la resolución aprobada de incapacidad absoluta, ¿cuándo me llegue voy a mi trabajo y lo comunicó? Como lo hago para que no me engañen y seguir los pasos correctamente.

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El seguro de convenio colectivo no depende a diferencia del seguro de responsabilidad civil de las causas del accidente. Es decir este seguro de convenio se cobra cuando el trabajador sufre un accidente que le incapacita para el desempeño de su actividad laboral o incluso en caso de fallecimiento, independientemente de si en dicho accidente laboral ha habido algún tipo de omisión de medida de seguridad por parte de la empresa . A pesar de lo dicho anteriormente existe algún convenio colectivo de algunas regiones de España que no sólo contemplan las incapacidades laborales derivadas de accidentes de trabajo sino también por enfermedad común.

Por eso siempre es conveniente ante cualquier incapacidad consultar con un experto especialista en incapacidades que nos estudiará la posibilidad de reclamar el seguro de convenio en función de las siguientes variables:

  1. Convenio colectivo que regula la profesión
  2. Grado de incapacidad (parcial, total o absoluta)
  3. Comunidad Autónoma o Provincia (algunos convenios se firman a nivel nacional o regional)

Lo primero que debe hacer un trabajador en caso de que se le haya reconocido algún tipo de incapacidad permanente es consulta con un experto para estudiar en función de las tres variables de arriba la cantidad de indemnización que se puede reclamar. La complejidad de la reclamación de la indemnización vendrá dictada principalmente en función de si la empresa tenía contratada una póliza en vigor en caso de accidentes o no. Si tenía contratado el seguro de convenio la reclamación en muchos casos la hacemos de forma extrajudicial, si la empresa no tenía contratado el seguro de convenio mucho se tendrá que iniciar un proceso judicial .

Gracias por la información,comentarle que en el convenio de empresa pone lo siguiente:

Seguro colectivo. La Empresa suscribirá una póliza de seguro colectivo, a favor de todos y cada uno de sus trabajadores, que cubrirá las contingencias de fallecimiento e incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, todas ellas derivadas de accidente, sea o no laboral, excepto los producidos en competiciones deportivas oficiales o no, de vehículo de motor. Su efecto cubrirá las veinticuatro horas del día y durante todo el año. Los capitales entrarán en vigor a partir de la firma del presente Convenio Colectivo. Los representantes de los trabajadores podrán solicitar de su empresa una copia de la póliza, antes citada, a los efectos de conocer las contingencias cubiertas y la cuantía de las mismas. En cualquier caso, las cuantías correspondientes a las contingencias previamente señaladas, serán las siguientes: Fallecimiento por accidente: 15.025,30 euros. Invalidez Permanente Absoluta por accidente: 21.035,42 euros. Gran Invalidez por accidente: 21.035,42 euros. Invalidez Permanente Total por accidente: 21.035,42 euros.

Me han reconocido la incapacidad absoluta por accidente laboral entiendo que tengo derecho a esa indemnización,pero como reclamarlo o cobrarlo?pasos que tengo que hacer,gracias.

El convenio es a nivel nacional.

El convenio entró en vigor en 14/03/2014 y la incapacidad absoluta ha sido resuelta en 15/12/2015,también tengo la duda que ha sido derivada de un accidente del 2000 que ahora en el 2015 ha sido revisada y elevada a absoluta pero que no viene de ninguna incapacidad si no que en el 2000 me dieron una Incapacidad no invalidante por lo que entiendo que el grado de absoluta es en este 2015 la resolución y que entra en este convenio.

Lo primero que debería usted averiguar es si el convenio que aplica la empresa es el correcto, lo segundo si tiene suscrito el seguro del convenio, lo tercero si está al corriente de pago, y cuarto si el seguro contratado y pagado cubre la contingencia que nos atañe. Si la empresa está obligada a tener un seguro de convenio y hay seguro contratado, o paga la aseguradora, o paga la empresa (según los casos). Conforme le ha indicado antes, si hay seguro, se solicita interponiendo una reclamación extrajudicial ante el smac o cmac (depende de cada comunidad autónoma). Si no hay seguro hay que acudir a la vía judicial.

Es en Málaga y no sé cómo hacer eso supongo que tendría que ir a la empresa y comentar lo que dice el convenio?

Es en Málaga, ¿supongo qué tendría que ir a la empresa y comentar lo que viene en el convenio?

Intente recabar la información que le he indicado de su empresa, para valorar en que situación se encuentra. Si sí que han suscrito el seguro, la reclamación en su caso deberá interponerla ante el cmac ( centro de mediación, arbitraje y conciliación de Málaga). Debe interponerse por escrito y debe cumplir ciertas formalidades. Si necesita ayuda para su interposición puede contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es

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