Posibilidades de modificación de medidas sobre convenio regulador, diversos supuestos
Supongamos que al poco tiempo de haberse modificado las medidas vuelven a cambiar sustancialmente de nuevo las condiciones sobre el progenitor que presentó la modificación de medidas.
Por ejemplo, supongamos que se han modificado medidas para aumentar las visitas tanto entre semana como en el fin de semana, y al mes de haberse aprobado y entrado en vigor dicha modificación de medidas (habiendo ya pasado por el juzgado y habiendo sido éstas ya aprobadas) se produce una modificación en los horarios de trabajo que hacen que el progenitor no pueda ver al menor entre semana... O ya incluso más drástico, supongamos que el progenitor, que presentó la modificación de medidas para poder estar más tiempo con su hijo/a , se queda en el paro y al mes siguiente consigue un buen trabajo en otra ciudad.
Podría la otra parte denunciar a su expareja por incumplimiento de las visitas, en tanto en cuanto éste no puede recoger a su hijo/a , ¿al estar en otra ciudad? En su defecto, ¿podrían recoger al menor los padres de éste?
¿Habría qué presentar nueva modificación de medidas ante el juzgado?
Al haber transcurrido tan poco tiempo entre una y otra modificación de medidas, ¿la 2a modificación de medidas sería tenida en cuenta por el Juez?
En estos casos... Qué se suele hacer para compensar el tiempo que una de las parte ya no puede pasar con su hijo/a?
Y por último, en caso de que el padre se quedase en el paro, ¿resultándole complicado pagar la pensión de su hijo/a, ésta se podría suspender temporalmente? En caso de suspenderse, durante cuánto tiempo, ¿suponiendo qué la situación de desempleo se alargase?
En este caso hay que presentar modificación de medidas o existiría otro modo de proceder (más efectivo, ¿rápido y económico)?
Soy consciente de que son muchas preguntas, pero rogaría fuesen contestadas todas una por una.