Por un lado existe la creencia de que solo pueden conducir el coche asegurado las personas declaradas en el seguro. Y por otro lado, existe otro mito, que consiste en que se piensa que todo el mundo puede conducir el coche asegurado, aunque no salga reflejado en póliza.
Pues bien, ambas creencias son falsas. Ni todo el mundo puede conducir el coche asegurado ni tampoco solo y únicamente lo pueden conducir las personas reflejadas en póliza. Existe un término intermedio que es el que realmente se aplica en todos o la gran mayoría de los seguros de coche, y es el siguiente:
Aparte de las personas reflejadas en el seguro de coche podrán conducirlo cualquiera que cumpla unos requisitos de edad y/o años de permiso de conducir, para que cualquier siniestro que suceda en un futuro este cubierto. Dichas variables dependerán de cada compañía.
En su caso, puesto que la conducción se realizará bajo un contrato de servicios con su cliente, aunque quedara cubierto por el seguro del vehículo de su cliente, en caso de siniestro es más que probable que el cliente afectado pretenda reclamarle algún tipo de indemnización por el perjuicio producido. Para evitar estas incómodas situaciones es imprescindible la contratación por parte del empresario de un seguro de responsabilidad civil de explotación, que cubre los daños producidos a terceros en el desarrollo de su actividad profesional. Si además va a contratar trabajadores, debería contratar además el seguro de responsabilidad civil patronal, que cubre al empresario ante los accidentes de los empleados mientras trabajan.