Tienda online como segunda actividad
Actualmente estoy dado de alta en el epígrafe 765. Realizo consultoría informática y de marketing online y creo que es el epígrafe correcto, aunque podría serlo también el 763, no estoy seguro.
Estoy montando una tienda online y por lo que he leído, tendría que darme de alta en el epígrafe 665, correspondiente a comercio al por menor por correo o por catálogo. ¿Es correcto? ¿Solo ese epígrafe?
También he leído que con este epígrafe tendría que utilizar el Recargo de Equivalencia y que mi proveedor me añadiera un 5,2% a la factura por este concepto y de esta forma no tendría que hacer declaraciones trimestrales de IVA. El asunto es que yo tengo que hacerlo sí o sí porque mi actividad principal es la que comentaba al principio, la consultora. Y no se si por este motivo tendría que hacer las declaraciones solo de esto y la tienda online mediante el Recargo de E. O hacer IVA de todo o cual es la forma correcta.
A ver si alguien me da luz.