¿Juicio verbal o procedimiento monitorio para recuperar señal?
En un contrato de reserva temporal de un inmueble de nueva construcción hay una clausula que dice que la parte que obtiene la reserva puede resolverla avisando de forma fehaciente en el plazo de 10 días anteriores a los 6 meses después de la fecha de la firma si en esos 6 meses no se ha producido la firma del contrato de compraventa, debiendo la promotora devolver las cantidades entregadas por la parte compradora hasta ese momento.
El contrato de compraventa no se ha firmado en esos 6 meses, el aviso dentro del plazo de 10 días solicitando la resolución de la reserva temporal se ha hecho de forma fehaciente (burofax con certificación de contenido y acuse de recibo), pero la promotora no devuelve la señal. La duda que tengo es: en caso de que sigan sin pagar, ¿se debería emprender un procedimiento monitorio o un juicio verbal?