Me despiden en abril. Con la carta de despido me tienen que presentar el finiquito o solo la indemnización?

Me despiden en abril y ya me han confirmado que la indemnización será de 33 días por año.

Cuando me den la carta de despido (15 días previos a la terminación de mi contrato), ¿me tienen que dar también el finiquito?

Mi jefe cree que tiene que pagarme la indemnización el mismo día que me da la carta de despido.

¿Y qué sucede con la nómina del mes y las vacaciones atrasadas? ¿No se paga todo el finiquito a la vez?

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El pago de la indemnización es por el despido y el finiquito es el salario del mes junto con las pagas extras y vacaciones no disfrutadas. Con lo cual si tu contrato acabará el 20 de abril (por ejemplo) te tienen que pagar 20 días más las pagas extras y vacaciones, y dentro del finiquito tiene que venir un apartado donde diga la cuantía de indemnización que te pertenece para diferenciar entre nómina e indemnización.

Atentamente,

José Ángel Serván

www.abogadoslaboralista.es

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