Esa cantidad que le requiere el ayuntamiento y no el banco u otra persona, debe de ser el IIVTNU, que es la famosa plusvalía. Es el el impuesto que grava el incremento del valor del suelo/vivienda.Vamos que desde que se hizo o compró por última vez ese piso hasta hoy en que ud.lo ha comprado ha habido un incremento de valor y en caso de venta se obliga al pago AL VENDEDOR, que su banco. Pudiera ser que el banco estuviera exento del pago por recibir el piso en dación al pago por un anterior deudor de hipoteca y se la quieran hacer pagar a ud.Pienso que si su precio es de 31.000 euros, el valor catastral será poco y en concreto el valor catastral del suelo, que es con lo que se grava concretamente, menor aún, por lo que una cantidad de 6.200 parece venir "recargada",(si es la plusvalía y me da que como sea, eso será). Por otro lado puede ser una diferencia si el banco vendiera a menos de lo que vale... Le recomiendo que lo consulte en la oficina liquidadora de su ayuntamiento. Podría haber un error... de " esos sin querer". Pueden llegar a exigirlo hasta por via de apremio.
Suerte.