Condena en costas por herencia

Por la herencia de mi abuelo fallecido, 2 tías mías nos demandan a otra tía mía y a mis 2 hermanos y a mí (por mi padre). Es decir, 2 demandantes (que van juntas en el proceso) y 2 partes demandadas.

Al llegar al inventario ante Secretario Judicial, yo dije que debían poner en él una finca urbana, aunque mi abuelo se la había dejado en el testamento a mi tía codemandada, pensando que debían estar todos los bienes recogidos en el inventario. ¿Eso se puede considerar oposición al inventario?

Realmente, fue una confusión por mi parte, y no tenía abogado ni procurador.

Mis tías también hicieron otras objeciones, unas incluyendo fincas y otras excluyéndolas.

El Secretario Judicial nos llevó a un juicio al no ponernos de acuerdo y mis cuestiones son:

¿Puede mi Abogado en el juicio hacer constar que fue un error lo del inventario y que acataremos lo que diga la Juez?

¿Me pueden condenar a mí sola en costas? Hay que señalar que cada una de las 3 partes (considero a las 2 demandantes 1 y a mis hermanos y a mí otra) tenemos pretensiones diferentes aunque seamos 2 codemandadas. Nuestra parte simplemente quiere que las otras 2 se pongan de acuerdo y aceptaremos ese acuerdo o la resolución que recaiga.

Digo lo anterior porque para la condena en costas ¿no se ha de dar la razón por entero a uno solo de los litigantes? ¿Cabe la condena en costas si estima parcialmente cada demanda?

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