Consulta sobre fiscalidad de indemnización en ERE - IRPF 2015

El año pasado recibí una indemnización tras causar baja en un ERE (firmado en abril de 2015) por importe total de 65.000 euros.

La empresa calculó como indemnización correspondiente al Estatuto de los trabajadores un total de 35.993,41 euros (que tengo que revisar, pienso no está del todo bien calculado).

En la última nómina se me indica lo siguiente:

Indemnización exenta: 35.993,41 euros.

Indemnización con reducción: 29.006,59 euros.

En el borrador de Hacienda me imputan esos 29.006,59 euros como rendimientos del trabajo.

Entiendo los 29.006,59 euros restantes deben tributar como rendimientos del trabajo con un período de generación superior a dos años (los más de 8 años de duración de la relación laboral) con derecho a una reducción en el impuesto de la renta por irregularidad del 30%.

¿Están de acuerdo?

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