¿Cuántos años de horas nocturnas puedo reclamar y cómo lo hago?
Trabajo en una franquicia de mcdonald's en turnos rotativos, muchos de ellos son nocturnos (nuestra nocturnidad es de 00:00 a 08:00), y soy encargado de turno.
El personal de equipo y los encargados de área si que cobran nocturnidad, pero ella me dijo que los encargados de turno no las cobramos porque nos viene incluida en un apartado de la nómina llamado "plus de actividad", que ella ya lo había hablado con el franquiciado y con el abogado de la empresa asique la creí.
Tras informarme un poco resulta que en la compañía si que están pagando las horas nocturnas a todo el mundo, como yo creo que debería ser, ¿de ser así cuántos años podría reclamar de nocturnidad? Y para rizar el rizo, hemos cambiado de franquiciado el día 1 de este mes, asique ya estamos finiquitados respecto a la anterior empresa, que es a la que tendría que reclamar, ¿cómo podría hacerlo?