Convenio Colectivo Impugnado, pero empresa ha recurrido

El Convenio Colectivo de nuestra empresa ha sido impugnado. Fue denunciado por el sindicato, salió el juicio en la audiencia nacional, y dieron la razón al sindicato.

La empresa ha recurrido dicha impugnación, y aún no se ha resuelto esto.

Mi pregunta es la siguiente: En esta situación de parálisis, hasta que no se resuelva el recurso presentado por la empresa, ¿actualmente por qué convenio nos regimos?

Es decir, de momento seguiría vigente el convenio impugnado hasta que no se resuelva el recurso presentado por la empresa (esto es, ¿no habría suspensión cautelar de dicho convenio)?

En caso de que dicho convenio estuviera suspendido cautelarmente, ¿nos tendríamos que regir por el anterior convenio colectivo (aunque dicho anterior convenio esté "caducado")?

¿Nos tendríamos que remitir al convenio de grupo de empresas actual?

Somos varias empresas que digamos pertenecemos a una que engloba a todas ellas, el resto de empresas no tienen convenio colectivo específico para cada una de ellas, de ahí que exista un convenio colectivo de grupo de empresas... Sin embargo, nuestra empresa tiene un convenio colectivo específico.

O por último, si en el caso de que actualmente no nos fuera de aplicación ningún convenio, sólo estaríamos amparados por el Estatuto de los trabajadores, ¿a la espera de que se resuelva el recurso presentado por la empresa?

1 respuesta

Respuesta
1

Hay que mirar el propio convenio colectivo para ver que dice sobre los efectos de una denuncia del mismo en primer lugar (incluso la ultraactividad indefinida del mismo).

Pasado un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un no nuevo o se haya dictado un laudo de arbitraje, el convenio perderá salvo pacto en contrario su vigencia (fin de la ultraactividad) y se aplicará en el caso de que lo hubiese el convenio colectivo de ámbito superior que resultase de aplicación. Si el convenio impugnado es un convenio de empresa, desde mi punto de vista deberá ser de aplicación el convenio colectivo que resulte de aplicación según el ramo.

En caso de que no resultase de aplicación ningún convenio, cabe la posibilidad de alcanzar un acuerdo sobrevenido entre las partes para que se establezca la posibildiad de que el convenio continue vigente entre las partes mientras este vigente la denuncia.

Por ultimo, en defecto de todo lo anterior, podría mantenerse la vigencia del convenio colectivo denunciado de manera unilateral por la propia empresa

En cualquier caso se debe respetar el contenido mínimo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.

Llamadas y consultas totalmente gratuitas.

Larios abogados

951 71 50 41

www.lariosabogados.es

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas