Estimada Dña. Elisa,
Como abogado especialista en desahucios, siempre redacto un contrato de arrendamiento que contiene cláusulas disuasorias de impagos para el inquilino que funcionan muy bien en la práctica, hasta el punto que podré decirle que no hemos tenido ni un sólo impago a nuestros clientes, po cuanto el inquilino prefiere desalojar.
El segundo paso que se debe hacer, para el supuesto de no haber usado nuestro modelo de contrato, y verse en situación de impagos es intentar disuadir al inquilino extrajudicialmente, por medio del envío de Burofax, ofreciendole una solución amistosa si desaloja o si se pone al corriente, exponiendole las consecuencias que le va a suponer desatender sus obligaciones.
Esto también funciona bastante bien cuando les enviamos la carta, hasta el punto de tener un 75% de casos que entregan las llaves ipso facto, desde que reciben nuestra carta de requerimiento.
Si persiste en su conducta, y no quiere ir a juicio, se puede ofrecer otras alternativas nuevamente por escrito, que le inviten a marcharse, mucho más persuasivas.
Si finalmente todavía sigue sin desalojar ni pagar, hay que demandarlo judicialmente pidiendo el desahucio. Ofrecemos a nuestros clientes un proceso de desahucio express a un precio muy reducido en función del resultado desde 390 €, (Cabe pago aplazado)consiguiendo la entrega de llaves en muchos casos desde que reciben la notificación de la demanda del Juzgado, en apenas 2 meses. Finaliza todo aquí, sin necesidad de ir a Juicio.
En el peor de los casos, si fuera imposible razonar con el inquilino, ofrecemos un servicio que sólo le pueden subir los costes en 290 € más. (Cabe pago aplazado).
Como verá, somos conscientes de la situación de crisis económica en que estamos inmersos, conscientes del grave problema que supone tener un moroso ocupando nuestra casa, adaptándonos a nuestro cliente todo lo posible.
Quedo a su disposición para cualquier duda que pueeda plantearsele.
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