Quisiera saber si tengo derecho a percibir un plus por antigüedad en la nómina.

Levo en la empresa desde el 30 de Diciembre de 2011 se lo he preguntado a la Asesoría del Administrador que lleva la Comunidad para que a su vez lo consulte con su Asesoría Laboral que le hace las nóminas, pero hasta la fecha no me han contestado nada, ¿si tengo derecho a partir de cuando se debería incluir en la nómina?

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Los llamados “pluses” en realidad según la normativa son complementos salariales, cantidades que se añaden al salario base que no necesariamente tienen que existir. Los percibiremos según nuestras condiciones personales, por el trabajo que realicemos, según la situación o resultados de la empresa… Además, estos complementos vendrán fijados por el convenio colectivo y en defecto de este por contrato de trabajo.

Para saber la cantidad y desde cuando te pueden reconocer la antigüedad, es mirando el convenio colectivo, Normalmente se pagan trienios, cuatrienios o quinquenios.

Actualmente es un concepto salarial que ya no es habitual en los nuevos convenios y solo reciben este plus los trabajadores que ya lo tenían reconocido como un derecho adquirido.

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