Si vas a comenzar la actividad como autónomo necesitarás el alta en hacienda + alta en la seguridad social en el régimen especial de autónomos. Si vas a contar con trabajadores (además de la inscripción y alta de la empresa en la Seguridad Social) debes comunicar a la administración competente la apertura del centro de trabajo. Y en cuanto al local, los concretos requisitos que te exijan cumplir dependen de tu Ayuntamiento ya que son competencia municipal; necesitarás:
- Obtención de la licencia de apertura y actividad o Declaración Responsable: Es una licencia municipal obligatoria para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios. Consiste en un documento que acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de esa actividad.
- Si tenéis que hacer obra dependiendo de que la obra sea menor (es decir pequeñas reformas que no afecten a elementos estructurales del edificio y no impliquen aumento de las dimensiones de los huecos de la fachada) o mayor (reformas de mayor entidad ), va a ser necesario o no presentar un proyecto realizado por un técnico competente, visado por su colegio profesional y con dirección facultativa)
Es más que recomendable acudir directamente a tu Ayuntamiento y hacer la consulta concreta sobre el concreto local que te interese, allí te informarán de si es viable o no comenzar la actividad en ese local y los requisitos que debes cumplir.